Comités de Defensa Civil:
Son el conjunto de personas representativas de una comunidad, que desarrollan y ejecutan actividades de Defensa Civil en un determinado ámbito, orientando sus acciones a proteger la integridad física de la población y su patrimonio, ante los efectos de los fenómenos naturales o tecnológicos que producen desastres o calamidades. Son organismos integradores de la función ejecutiva del SINADECI.
 
 
 

El Comité de Defensa Civil Distrital

Está presidido por el Alcalde Distrital e integrado por:

  1. El Gobernador del distrito.
  2. El Comandante de Armas del distrito.
  3. El Jefe de la PNP del distrito.
  4. El Párroco del distrito y representantes de otros Credos.
  5. Funcionarios del sector público titulares que actúan en el distrito.
  6. Representantes de las organizaciones de promoción y/o bienestar social, ONGs, seguridad y otros vinculados directa o indirectamente con la Defensa Civil que determine el Comité.
  7. Representantes de las organizaciones no públicas, campesinas, laborales, culturales y gremiales que realizan labores de bienestar en el distrito.
  8. Rectores de las universidades existentes en el distrito.
  9. Decanos de los colegios profesionales existentes en el distrito.
  10. Presidente de la Cámara de Comercio existente en el distrito.
  11. Y otros representantes de la sociedad que considere conveniente el Presidente del Comité.
  12. El Jefe de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital que actúa como Secretario Técnico.
  13. Agentes Municipales en su condición de Presidentes de Comités de Defensa Civil de Caseríos.*

 

 

 

 

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